El Instituto Nacional de
las Artes Escénicas y de la
Música , convoca las ayudas a la difusión del teatro y del
circo y a la comunicación teatral y circense correspondientes al año 2014.
Podrán
solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas,
que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad
de ayuda. Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en
cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio
Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos
solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios
considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
Asimismo,
podrán solicitar ayuda las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el
artículo 2.2 de la Orden CUL /2912/2010,
de 10 de noviembre.
No
podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en
quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), ni las agrupaciones
previstas en el artículo 2.2 b) de la Orden CUL /2912/2010, de 10 de noviembre, cuando
concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de los miembros.
Las
prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de
las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias,
pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión
o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
En
todo caso, los solicitantes presentarán una declaración responsable de no
hallarse incursos en estas circunstancias.
Tercero.
Imputación de créditos.
Las
ayudas convocadas se imputarán a los siguientes créditos del presupuesto de
gastos del Organismo para 2014:
Las
modalidades de ayuda que se convocan, incluidas en los distintos programas de
actuación del INAEM en este ámbito, son las enumeradas a continuación:
A.
Programa de difusión del teatro en el ámbito nacional:
A1.1 Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional.
A1.2 Apoyo a las giras por el territorio nacional de
proyectos de nueva creación teatral.
A1.3 Apoyo a las giras por el territorio nacional de
proyectos teatrales y circenses interautonómicos.
A2
Apoyo a programaciones de ámbito nacional en salas privadas de teatro y circo.
B.
Programa de difusión del teatro en el ámbito internacional:
B1. Apoyo a las giras teatrales por el extranjero.
B2. Apoyo a las producciones teatrales en el
extranjero.
C.
Programa de difusión del circo:
C1. Apoyo a las giras circenses por el territorio
nacional.
C2. Apoyo a las giras circenses por el extranjero.
D.
Programa de apoyo a la comunicación teatral y circense:
D1. Ayudas a la realización de festivales, ferias,
muestras, circuitos y otros eventos teatrales.
D2. Ayudas a la realización de festivales, ferias,
muestras, circuitos y otros eventos circenses.
D3. Ayudas a las asociaciones, federaciones y
confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional para actividades
teatrales y circenses.
E.
Programa de ayudas complementarias.
E1. Ayudas complementarias para infraestructura móvil
circense.
E2. Ayudas complementarias a la comunicación teatral
y circense con las Comunidades Autónomas insulares y Ciudades de Ceuta y
Melilla.
E3. Ayudas complementarias a la sobretitulación de
espectáculos y a la utilización de equipos audiovisuales para la accesibilidad
de personas con discapacidad.
En
ningún caso la ayuda concedida podrá superar las siguientes cantidades:
Publicado
en:«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2014, páginas 21632 a 21666 (35 págs.)
Se
puede descarga copia de la disposición, o consultarla, en los siguientes
enlaces
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