jueves, 25 de abril de 2013

Tasas/Tarifas SGAE (sociedad General de Autores de España) y la Confederación ESCENAMATEUR



ESCENAMATEUR podrá firmar CONVENIO con las Federaciones de Teatro Amateur pertenecientes a ESCENAMATEUR para el cobro de los Derechos de Autor en Paquetes de Programación que estas Federaciones organicen estableciendo condiciones específicas para el tratamiento de los derechos y el pago de los mismos. En dichos paquetes se incluirán los Festivales, Muestras y Certámenes que tengan el SELLO DE CALIDAD ESCENAMATEUR.

Destacamos algunas cosas de estas tarifas acordadas:

*La SGAE autoriza a los Grupos o Compañías de Teatro Amateur la representación escénica de las obras de su repertorio de obras dramáticas, cuyos autores hayan aceptado expresamente este procedimiento, sin necesidad de consulta previa, obra por obra, a los titulares de las obras, con reserva del derecho moral.

*Las autorizaciones a los Grupos o Compañías de Teatro Amateur/Aficionados solo se concederán sin carácter de exclusividad.

* TASAS CON TAQUILLA. Los derechos de autor a percibir por SGAE para Grupos o Compañías de Teatro Amateur serán el 10% de los ingresos de taquilla. Se garantiza siempre un mínimo en función de aforo de sala o recinto y habitantes de la ciudad.

*TASAS SIN TAQUILLA. También con mínimos en función de aforo y habitantes.

*TASAS PARTICULARES.

Para representaciones gratuitas de obras dramáticas por grupos de teatro escolar o agrupaciones de vecinos (Colectivos juveniles, de Vecinos, de Mujer, etc), no profesionales, llevadas a cabo en cualquier tipo de recinto, los derechos de autor serán de 20 euros por representación.

Lecturas Dramatizadas hasta 150 de Aforo 25 euros.

Las obras representadas en Colegios públicos con carácter didáctico estarán exentas deDERECHOS DE AUTOR

Las Representaciones BENEFICAS no pagaran DERECHOS DE AUTOR una vez se solicite dicha exención.

*Respecto al PAGO de Derechos:
La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) solo cobrará DERECHOS DE AUTOR por sus Asociados.

Quien solicita los DERECHOS DE AUTOR es quien representa la función

Quien paga los DERECHOS DE AUTOR es quien organiza la función, siendo el solicitante el responsable subsidiario si aquel no declara la taquilla o no se depositan los derechos.

Por este motivo es importante hacer un documento BASE siempre que se haga una representación donde quede claro que quien paga los derechos de Autor es quien contrata.

1 comentario:

  1. Deduzco que La SGAE concede autorización para que los grupos amateur representen las obras de su repertorio (el de "sus" asociados) sin necesidad de solicitarla.
    Lo de los mínimos es relevante, no tanto por lo que establezca la SGAE sino por los organizadores de concursos. Hay concursos en los que se exige a los participantes el pago de los derechos. Medida que no me parece correcta. Se un caso en que debido a la afluencia de público la factura de la SGAE fue de aqui te espero y al grupo por poco le sale cara la aventura.
    En fin no quiero irme del tema. Que ojalá, Federaciones, organizadores y SGAE se pongan de acuerdo en terminos razonables que la cosa está muy mal para todos los bolsillos.

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